Nuevas formas de relación: el sexting
Internet ha abierto nuevas vías y formas de comunicación entre las personas que también se han traspasado a la esfera de la intimidad y las relaciones sexuales.
El sexteo (palabra derivada de sexo y texteo), más conocido por su denominación en inglés sexting, es uno de estos fenómenos que surge asociado a las nuevas tecnologías. Es un término que se refiere al envío de mensajes sexuales, eróticos o pornográficos, Básicamente hace referencia al envío de mensajes de naturaleza sexual y/o pornográfica, especialmente fotos y videos, a través de móviles y ordenadores.
El sexting se produce tanto entre adultos como en jóvenes y adolescentes y es generalmente utilizado tanto para intercambiar este tipo de material entre parejas o personas con las que se tiene cierta confianza, como con personas desconocidas.
Su finalidad puede ir desde la de generar interés sexual en la otra persona, como preliminar a una relación sexual, como una práctica sexual más, como método de experimentación o, sencillamente, como sustituto de la relación física cuando no es posible el contacto real.
Clases de Sexting
En general, podemos distinguir entre dos clases de sexting: el sexting primario (producción de la imagen) y el sexting secundario (acceso, posesión o difusión de las imágenes).
El sexting, a priori, no tiene porqué ser una práctica negativa dentro de un marco de confianza, intimidad y respeto, pero también conlleva sus peligros.
Los riesgos que entraña el sexting
El riesgo más evidente es la pérdida de control sobre el contenido enviado, es decir, cuando compartimos una fotografía o un video no somos capaces de precisar donde puede acabar y a pesar de que nuestra intención sea la de únicamente compartirlo con la persona a la que se lo enviamos, siempre cabe la posibilidad de que esta haga un mal uso de esos contenidos y que pueda difundirlos y compartirlos con terceras personas sin nuestro consentimiento.
Riesgo en menores de edad
Este riesgo se incrementa exponencialmente cuando hablamos de menores de edad.
La adolescencia por su propia naturaleza se caracteriza por ser una época de inseguridad, de experimentación de los limites propios y de inestabilidad emocional. No resulta extraño que, también en el ámbito de la sexualidad, los adolescentes sean más proclives a protagonizar conductas de riesgo que pueden conllevar importantes consecuencias psicológicas, sociales y legales.
De hecho, no son pocos los casos en los que, especialmente en adolescentes o en adultos con personalidades frágiles, las conductas de sexting, aunque se produzcan dentro de la pareja, son ciertamente consentidas, pero al mismo tiempo, indeseadas por alguna de las partes, esto se conoce como sexting coerción y se trata, sin ninguna duda, de una forma de violencia.
La práctica del sexting puede acarrear consecuencias de índole legal para quien difunde sin consentimiento este tipo de contenido y consecuencias personales y psicológicas para la víctima, desde casos de chantaje o sextorsión a casos de lo que se conoce como grooming, un tipo de acoso sexual vinculado al sexting en el que un adulto trata de ganarse la confianza de un menor con fines de pedófilos.
Además, algunos estudios señalan la prevalencia del consumo de alcohol o substancias asociados a estas prácticas, así como la aparición de ciertos comportamientos adictivos entre los que se encuentran la adicción al sexo online o a la pornografía.
Aunque el código penal en España castiga la difusión sin consentimiento de este tipo de contenidos y, en el caso de tratarse de menores podemos llegar a hablar de difusión de pornografía infantil y corrupción de menores, lo cierto es que el sexting es una práctica cada día más habitual y difundida.
Protegernos del mal uso de esta práctica
El sexting siempre debe realizarse de manera consensuada, voluntaria y con personas de nuestra confianza, pero no cabe duda de que la mejor manera de protegernos contra su mal uso, es evitarlo, hasta en estos supuestos casos. No pocos los ejemplos de venganzas de exparejas o parejas que, frente a una ruptura o un enfrentamiento emplean este tipo de materiales como forma de resarcimiento.
Consejos para prevenir el sexting
Es por eso que, para prevenir las consecuencias del sexting, es aconsejable tener en cuenta ciertos aspectos:
En primer lugar, tal y como hemos señalado, la manera más sencilla de evitar sus riesgos es no hacerse fotos íntimas o videos y compartirlos, pero, si a pesar de todo decidimos hacerlo, lo aconsejable es emplear aplicaciones que aseguren nuestra privacidad, en concreto existen aplicaciones diseñadas para tal fin que borran o nos permiten borrar los contenidos compartidos y en las que podemos emplear identidad alternativa que nos proteja.
En segundo lugar, respecto a los menores y adolescentes, es fundamental el diálogo y la educación en materia de sexualidad y, también, la información al respecto de los peligros y consecuencias que pueden conllevar este tipo de actividades digitales y acerca de cómo utilizar de manera responsable las nuevas tecnologías.
No olvidemos que, una práctica que en principio pudiera resultar sugerente puede transformarse en un verdadero calvario emocional y psicológico para quien la padece: estrés, ansiedad, depresión, abuso de menores y suicidio, coacción, acoso… el sexting, puede llegar a convertir nuestra realidad o la de otros, en una pesadilla.
Y, por supuesto, nuestra responsabilidad también es importante a la hora de prevenir delitos o daños a terceros, por eso, en caso de recibir este tipo de contenidos de terceras personas, debemos denunciarlo y en ningún caso redistribuirlo.
Y, en aquellos casos relacionados con menores, debemos informar a los padres y denunciar a la policía sin dudarlo.
Trata tu adicción al sexo y otras adicciones comportamentales en Liberadict
Si tienes algún problema con la adicción al sexo, a las relaciones, a la masturbación compulsiva, adicción al porno, en Liberadict podemos ayudarte. Estamos en Avenida Emilio Lemons 2, 208, en Sevilla Este (Sevilla). Puedes escribirnos a info@centroadiccionessevilla.es o llamar al 641 29 03 14.